SCJN protege a menores víctimas de abuso sexual: podrán declarar por videoconferencia

Suprema Corte de Justicia
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Notidex | Justicia y derechos humanos

La protección de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual debe ser una prioridad durante todo el proceso judicial. Por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas menores de edad pueden rendir su testimonio mediante herramientas tecnológicas, como la videoconferencia, cuando esta medida sea necesaria para salvaguardar sus derechos.

Este criterio busca evitar que las víctimas enfrenten situaciones que puedan generarles un daño adicional al momento de participar en un procedimiento de justicia. La posibilidad de declarar a distancia permite adaptar las diligencias a las necesidades de la infancia, sin que ello implique restar validez jurídica a sus testimonios.

¿Qué determinó la Suprema Corte sobre los testimonios por videoconferencia?

La resolución establece que el testimonio de una niña, niño o adolescente puede recibirse mediante videoconferencia y conservar el mismo valor jurídico que una declaración presencial, siempre que se respeten las garantías del proceso.

El uso de herramientas tecnológicas no significa eliminar las formalidades judiciales ni reducir las condiciones necesarias para analizar las pruebas. Se trata de contar con mecanismos que permitan escuchar a las víctimas sin exponerlas innecesariamente a experiencias que puedan afectar su bienestar emocional.

La medida también reconoce que cada caso requiere atención particular y que las autoridades deben considerar las circunstancias de la persona menor de edad al determinar cómo se desarrollará su participación en el procedimiento.

El interés superior de la infancia debe guiar la justicia

En los casos de violencia sexual contra menores, la intervención de las autoridades debe contemplar tanto la búsqueda de justicia como la protección de quienes denuncian. El interés superior de la infancia exige que las decisiones judiciales tomen en cuenta sus derechos, su dignidad y sus necesidades de protección.

Evitar la revictimización es fundamental. Una niña o un niño que denuncia una agresión no debería tener que atravesar experiencias innecesariamente dolorosas para que su voz sea escuchada. Por eso, las instituciones deben procurar procedimientos adecuados a su edad y situación, sin descuidar las garantías de todas las partes involucradas.

La determinación de la SCJN representa un paso relevante hacia una justicia más sensible a las necesidades de la infancia, en la que la tecnología puede convertirse en una herramienta para proteger derechos y facilitar la participación de las víctimas.

Escuchar a la infancia también significa protegerla

La justicia no debe medirse únicamente por su capacidad para recibir denuncias o emitir resoluciones, sino también por la manera en que trata a las personas durante el proceso. En los casos de violencia sexual contra menores, evitar daños adicionales debe ser una responsabilidad institucional.

Que una declaración por videoconferencia tenga el mismo valor jurídico, cuando se cumplen las garantías correspondientes, contribuye a demostrar que proteger a las víctimas no tiene por qué estar reñido con el debido proceso. La tecnología, utilizada de forma adecuada, puede ayudar a construir procedimientos más humanos y accesibles.

Sin embargo, el reto está en llevar estos criterios a la práctica: capacitar al personal, contar con herramientas tecnológicas apropiadas y garantizar que las niñas, niños y adolescentes reciban atención especializada durante todo el procedimiento.

¿Consideras que el uso de videoconferencias y otros mecanismos de protección debería fortalecerse en todos los procesos judiciales que involucren a menores víctimas de violencia, para evitar que la búsqueda de justicia se convierta en una nueva fuente de sufrimiento?

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