Corte y restricción del agua en CDMX

Falta de agua
Falta de agua

La Ciudad de México enfrenta un desafío significativo en cuanto a la gestión del agua potable, especialmente tras la reciente reducción del caudal en el Sistema Cutzamala. Esta situación crítica ha llevado a implementar cortes programados en más de 280 colonias, afectando a millones de habitantes en las últimas semanas.

En la capital, el acceso al agua potable es un derecho fundamental, protegido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este derecho implica que no se puede privar completamente a los ciudadanos del suministro de agua.

El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex) tiene la autoridad para cortar o restringir el suministro de agua en casos de incumplimiento de pago. Sin embargo, es importante distinguir entre corte y restricción, especialmente para los usuarios domésticos.

¿Qué dice la ley?

De acuerdo al Artículo 4, párrafo 6 de la Constitución: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”. Esto significa que el acceso al agua potable sigue siendo un derecho fundamental protegido por la Constitución, que prohíbe la privación total del suministro a los ciudadanos.

Para usuarios de uso doméstico, Sacmex puede restringir el suministro de agua si se acumulan dos o más periodos de falta de pago, consecutivos o alternados. Esta restricción garantiza que se proporcione la cantidad mínima necesaria para cubrir los requerimientos básicos de consumo humano diario, fijado en 50 litros por persona al día. De este modo, se asegura que, a pesar del incumplimiento de pago, las necesidades básicas de agua estén cubiertas.

Suspensión del Servicio para Usuarios No Domésticos

Para usuarios no domésticos, como oficinas, restaurantes y tiendas, Sacmex sí puede suspender completamente el suministro de agua y el servicio de descarga a la red de drenaje. En inmuebles de uso mixto (comercial y habitacional), la autoridad puede restringir el servicio doméstico y suspender el suministro comercial si cuentan con sistemas independientes.

Para que Sacmex restablezca el servicio de agua, los usuarios deben cubrir los montos pendientes, las multas por omisión de pago y el costo por reinstalación del servicio. Si el pago se realiza en parcialidades, el servicio se restablecerá después de cubrir la primera parcialidad. Sin embargo, si el usuario omite un pago o no lo cubre completamente, Sacmex puede suspender o restringir nuevamente el servicio.

Sacmex contempla excepciones para grupos vulnerables, como personas jubiladas, pensionadas, con discapacidad, adultos mayores, madres jefas de familia, o personas de pueblos y comunidades indígenas. Estas personas pueden solicitar la exención de la orden de restricción o suspensión del servicio para uso habitacional si acreditan ser propietarias del inmueble y su valor catastral no supera un millón 130 mil 093 pesos.

Formas de Pago

Los usuarios pueden cumplir con los pagos del servicio de agua a través de diversos canales, incluyendo tiendas y centros comerciales como Bodega Aurrerá, Chedraui y El Palacio de Hierro, así como bancos como Banco Azteca, Banamex y BBVA Bancomer. Para aclaraciones de pagos, se puede contactar a Sacmex a través del correo electrónico sacmex_atencion@sacmex.cdmx.gob.mx.

En conclusión, aunque Sacmex no puede cortar completamente el suministro de agua potable por falta de pago, sí puede restringirlo para garantizar solo la cantidad mínima necesaria para el consumo humano básico. Es crucial mantenerse al día con las obligaciones de pago para evitar restricciones en el suministro y posibles sanciones legales.

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