Eliminar la extorsión del Código Penal en Edomex: una decisión que genera más dudas que soluciones

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La reciente propuesta de la gobernadora Delfina Gómez para eliminar el delito de extorsión del Código Penal del Estado de México, bajo el argumento de homologar la legislación local con la nueva Ley General federal, ha encendido las alarmas entre especialistas, víctimas y sectores productivos. Lejos de representar un avance contundente en materia de seguridad, la iniciativa parece abrir un vacío legal y operativo en una de las entidades más golpeadas por este delito de alto impacto.

El Estado de México se encuentra entre las cuatro entidades que concentran más de la mitad de los casos de extorsión a nivel nacional. En este contexto, resulta cuando menos cuestionable que la respuesta institucional sea borrar el tipo penal local, en lugar de fortalecerlo, actualizarlo o endurecerlo.

La extorsión no es un delito marginal: afecta a comerciantes, transportistas, empresarios y familias enteras. El incremento sostenido de este ilícito en los últimos años evidencia que las estrategias vigentes han sido insuficientes. Ante ese panorama, la decisión de eliminarlo del marco penal estatal transmite un mensaje ambiguo: ¿se combate un delito debilitando su base jurídica?

La iniciativa plantea la creación de consejos, fiscalías especializadas, centros de atención y nuevas estrategias estatales. Sin embargo, la experiencia reciente demuestra que la proliferación de organismos no garantiza resultados, especialmente cuando no existen indicadores claros de eficacia ni presupuestos transparentes.

El riesgo es evidente: mientras se crean nuevas estructuras administrativas con plazos que pueden extenderse hasta seis meses, las víctimas quedan en un limbo, sin claridad sobre cómo y ante quién denunciar, ni bajo qué marco legal serán procesados los responsables.

Derogar el delito de extorsión del Código Penal mexiquense, aun cuando se prometa una ley estatal “integral”, abre la puerta a confusión entre autoridades, ministerios públicos y jueces durante el periodo de transición. En un sistema de justicia ya saturado y con problemas de coordinación, este tipo de cambios abruptos suele traducirse en impunidad, no en justicia.

Además, apostar todo a la homologación federal ignora una realidad básica: cada entidad tiene dinámicas criminales propias. El Estado de México requiere soluciones hechas a la medida de su contexto, no simples adaptaciones administrativas dictadas desde el centro del país.

Quizá el aspecto más preocupante de la propuesta es la ausencia de una narrativa centrada en las víctimas. Para quienes padecen la extorsión de forma cotidiana, la discusión legal es secundaria frente a una pregunta clave: ¿estarán más protegidos mañana que hoy?
Con la información disponible, la respuesta no es clara.

En conclusión, la eliminación del delito de extorsión del Código Penal del Estado de México no solo es una decisión polémica, sino potencialmente contraproducente. En lugar de enviar una señal firme contra el crimen organizado, la iniciativa parece priorizar la alineación política sobre la eficacia real en seguridad pública.

En un estado donde la extorsión asfixia la economía local y fractura el tejido social, experimentar con el marco legal no parece la mejor estrategia. La ciudadanía exige resultados, no reformas que, al menos por ahora, generan más incertidumbre que confianza.

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