Notidex | Ciudadanía y Protección Animal
Protege a perros y gatos de pelaje oscuro ante prácticas clandestinas en Día de Muertos
Por Redacción Notidex — 29 de octubre de 2026
Con la llegada de la temporada de Día de Muertos, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia ha emitido una alerta urgente: ha crecido de forma alarmante el uso de perros y gatos —principalmente de pelaje negro o blanco— en rituales clandestinos vinculados a creencias antiguas y dañinas. La protección de estos animales exige medidas estrictas de resguardo y vigilancia por parte de toda la ciudadanía.
Pelaje oscuro, objetivo principal de la crueldad
Las supersticiones que persisten desde hace siglos estigmatizan injustamente a animales de pelaje negro o claro, convirtiéndolos en blancos fáciles de bandas que realizan prácticas esotéricas ilegales. Cada año, especialmente durante octubre y noviembre, aumentan los reportes de desapariciones, daños y agresiones contra mascotas con estas características.
“No se trata de creencias: se trata de violencia contra seres vivos inocentes. Lo que para algunos es un rito, para otros es un miembro de la familia que sufre y desaparece”, señalan organizaciones protectoras.
Por esta razón, las autoridades han lanzado dos recomendaciones clave:
- Suspender temporalmente la adopción de animales de pelaje negro o blanco hasta que pase la temporada, para evitar que caigan en manos de personas con intenciones dañinas.
- Mantener a perros y gatos bajo resguardo estricto dentro del hogar, evitando que permanezcan solos en azoteas, patios delanteros, entradas o en la vía pública.
También se hace un llamado a los centros de adopción para reforzar los filtros de verificación de quienes solicitan un animal: revisar su identidad, domicilio y entorno, y dar seguimiento posterior a la entrega. Una adopción responsable puede salvar una vida.
¿Qué hacer si detectas algo sospechoso?
La vigilancia colectiva es la mejor defensa. Las organizaciones de protección animal recuerdan que:
- Cualquier actividad inusual, persona desconocida merodeando o intento de llevarse un animal ajeno debe reportarse de inmediato al 911.
- Las alcaldías y la Fiscalía Especializada en Protección Animal mantienen operativos activos en estas fechas; la denuncia oportuna permite actuar antes de que ocurra un daño.
- La adopción debe ser siempre consciente, verificada y con compromiso de por vida; en estas semanas, extremar el cuidado en los procesos de entrega es fundamental.
¿Son suficientes las sanciones actuales?
La gravedad de estos hechos reabre una pregunta necesaria: ¿las penas vigentes logran disuadir estas conductas?
Actualmente, el maltrato y sacrificio ilegal de animales constituyen delitos con prisión y multas, pero la clandestinidad de los actos dificulta la identificación y captura de los responsables. Para combatirlos de raíz se requiere:
- Mayor difusión de que ninguna creencia justifica el daño a un animal.
- Protocolos más estrictos en todos los centros de adopción, públicos y privados.
- Agilidad judicial para que los casos no queden sin resolución.
- Educación permanente para desterrar mitos que cobran vidas cada noviembre.
La protección de perros y gatos no depende solo de las autoridades: es una tarea de todos. Mantenlos cerca, vigila su entorno y denuncia a tiempo.
Principio fundamental: ninguna creencia justifica dañar a un animal
En México no existe excepción legal alguna que permita sacrificar, dañar o causar la muerte de un animal bajo el argumento de rituales, creencias, tradiciones o prácticas religiosas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha confirmado que la libertad religiosa no es absoluta y no puede usarse para justificar sufrimiento innecesario. El hecho de que el acto se realice en privado tampoco lo exime de sanción.
Leyes aplicables
1. Ámbito Federal
- Artículo 419 Ter del Código Penal Federal (reforma vigente 2026): sanciona actos de maltrato, crueldad o abandono injustificado.
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: reconoce a los animales como seres sintientes y prohíbe expresamente la crueldad y el sacrificio sin causa justificada.
- Reforma Constitucional de diciembre de 2024: otorga rango constitucional a la protección, trato digno y respetuoso de los animales.
2. Estado de México
- Artículo 235 Ter del Código Penal del Estado de México: causar la muerte a un animal mediante crueldad o ensañamiento es delito grave.
- Prisión: 3 a 6 años
- Multa: 200 a 400 días de multa
- Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México: establece obligaciones de trato digno y sanciones administrativas adicionales.
3. Ciudad de México
- Artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal para la CDMX:
- Muerte del animal: 2 a 4 años de prisión + 200 a 400 días multa
- Si se prolonga la agonía: pena aumentada hasta en una mitad (hasta 6 años)
- Penas accesorias: decomiso de animales, inhabilitación, registro de sancionados
Consecuencias jurídicas por sacrificio en rituales
| Consecuencia | Detalle |
|---|---|
| Prisión | De 3 a 6 años en el Estado de México; de 2 a 4 años en CDMX; hasta 6 años con agravantes |
| Multas económicas | De 200 a 400 días multa (aprox. $19,244 a $38,488 MXN o más según UMA) |
| Agravantes que aumentan la pena hasta 50% más | Uso de venenos/sustancias tóxicas; muerte no inmediata; ensañamiento; difusión por redes; cometerse contra múltiples animales |
| Persecución | De oficio → las autoridades investigan sin necesidad de denuncia previa |
| Indemnización civil | Pago de daños materiales (valor del animal, gastos) y daño moral al dueño |
| Penas accesorias | Inscripción en Registro Nacional de Personas Sancionadas; prohibición de tener animales; reeducación obligatoria |
| Responsabilidad colectiva | Si participan varias personas, todas pueden ser investigadas como cómplices |
¿Dónde denunciar?
- 911 — emergencias inmediatas
- Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales y Protección Animal
- Procuraduría de Protección al Ambiente (PROPAEM en el Estado de México)
- Centros de Control y Bienestar Animal de cada municipio
Practicas Esotéricas es un delito grave que se castiga con cárcel efectiva, multas y registro permanente como persona sancionada. No hay inmunidad por motivos religiosos o culturales.







