¿Tienes scooter, bici-moto o bicicleta eléctrica? A partir de julio, estos vehículos deberán regularizarse en la Ciudad de México, y el Estado de México podría aplicar medidas similares próximamente.
La movilidad eléctrica en la capital dejó de estar en un vacío legal. Con las reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito, varios scooters y bicicletas eléctricas ahora serán considerados vehículos eléctricos motorizados, lo que implica nuevas obligaciones para poder circular.
¿Qué scooters y bicicletas eléctricas deben regularizarse?
De acuerdo con las nuevas disposiciones, deberán cumplir con regulación aquellos vehículos que:
- Superen los 25 km/h
- Pesen más de 35 kilogramos
Si tu unidad cumple con alguna de estas características, será tratada de forma similar a una motocicleta.
Requisitos para scooters y bicicletas eléctricas en CDMX
Los vehículos clasificados como motorizados deberán contar con:
- Placas
- Tarjeta de circulación
- Registro ante SEMOVI
- Licencia obligatoria tipo A o B (según el peso)
- Uso de casco
- Chaleco reflejante
- Luces encendidas
Multas por no cumplir con la regulación
Las autoridades advierten que no cumplir con estas disposiciones puede generar multas de entre 5 y 10 UMAs, además de sanciones adicionales por falta de placas o registro.
Fechas clave de la regulación
- 1 de julio: inicia la regulación formal
- 1 de noviembre: fecha límite para regularizarse
- Septiembre: comienzan sanciones y revisiones más estrictas
¿Habrá regulación en el Estado de México?
Autoridades ya analizan implementar medidas similares en el Estado de México, como parte de una estrategia para mejorar la movilidad y reforzar la seguridad vial.
Recomendación para evitar multas
Si tienes un scooter o bicicleta eléctrica, revisa sus especificaciones técnicas y verifica si entra dentro de esta nueva clasificación.
Anticiparte a la regulación puede ayudarte a evitar multas y problemas al circular en la Ciudad de México.







